FUNDADORES: FALACIAS SOBRE SUS VOTACIONES

Por: Jaime Robledo Potes, agosto 4 de 2024.

CONTENIDO.

1. Elecciones en Coofundadores.

2. Votaciones ilegales.

3. La supuesta equivalencia en Fundadores entre una papeleta y un voto: hablan prestantes asociados.

4. Falsedad de la equivalencia entre una papeleta y un voto.

5. Falacias tras la expresión “una papeleta es un voto”.

6. Más votos que votantes: una práctica en Fundadores que se remonta al siglo pasado.

7. ¿Por qué nunca antes se detectó esa práctica ilegal?

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1. Elecciones en Coofundadores.


El 16 de marzo de 2024 se llevó a cabo la Asamblea general No. 61 de Coofundadores y en ella se hicieron cuatro votaciones simultáneas para elegir: i) tres cargos de Consejo de administración; ii) dos cargos de la Junta de vigilancia; iii) cinco cargos del Comité de conciliación; y iv) un cargo de Revisor fiscal para el período 2024-2025.


2. Votaciones ilegales.

Según lo consignado en el acta 61 de la asamblea, el total de votos en cada una de las cuatro votaciones mencionadas fue el siguiente: i) 267 para el Consejo de administración, ii) 195 para la Junta de vigilancia, iii) 480 para el Comité de convivencia, y iv) 120 para Revisor fiscal.

Puesto que en el acta 61 también quedó consignado que hubo 222 asociados hábiles para participar y votar en la asamblea, hubo dos votaciones en las que el número de votos fue superior a 222, el número máximo de posibles votantes: la del Consejo con 267 votos y en la del Comité de convivencia con 480.

Lo anterior significa que en las votaciones para Consejo y para Comité de convivencia se violaron el artículo 66 del Estatuto de 2022 y el artículo 33 de la Ley 79 de 1988 pues ambas disposiciones establecen que en las Asambleas Generales a cada asociado hábil le corresponde solo un (1) voto.


3. La supuesta equivalencia en Fundadores entre una papeleta y un voto: hablan prestantes asociados.

Antes de la votación para Consejo yo, Jaime Robledo, en un intento por evitar la violación del estatuto y de la ley, propuse que cada asociado votara solo por una pareja de candidatos a Consejo, pero tal propuesta se desestimó y en su lugar se optó por votar “como de costumbre”. Pero antes de votar “como de costumbre”, hubo varios pronunciamientos frente a la propuesta (los textos entre comillas se toman del acta 60):

“El presidente de la Asamblea, asociado Bernardo Correa, le aclaró (al asociado Robledo) que siempre se ha asumido que un papelito entregado por un asociado es un voto, pero dentro de él pueden ir varias parejas de candidatos, de acuerdo a las vacantes disponibles”.

“El asociado Gerardo Restrepo intervino aclarando que se entiende por voto una papeleta, no el número de personas que van en la papeleta. Lo que significa que cada papeleta es un voto, ya que el asociado no presenta una papeleta por cada pareja, en una misma papeleta el asociado puede poner las parejas que desee, el máximo que permite el número de vacantes”.

Lo que tienen en común los argumentos anteriores es que identifican “voto” y “papeleta” (o “papelito” como dijo el presidente del asamblea): una “papeleta” es un “voto” y un “voto” es una “papeleta”.

4. Falsedad de la equivalencia entre una papeleta y un voto.

El problema con esta equivalencia es que los hechos, los escrutinios, la desmienten: si en la votación para Consejo hubo 267 votos y en la del Comité de convivencia hubo 480 votos, pero el número máximo posible de votantes fue 222 (la cantidad de asociados hábiles para votar, según la Junta de vigilancia) entonces el número máximo posible de papeletas depositadas en cada una de esas votaciones no pudo ser mayor que 222, de lo cual se deduce que en ambas votaciones hubo más votos que papeletas, que algunas papeletas debieron contener más de un voto, y por lo tanto que los conceptos de “voto” y “papeleta” en las votaciones de Fundadores no pueden ser iguales, son diferentes.

En otras palabras, los escrutinios antes mencionados muestran que en el sistema de votación usado en Coofundadores, específicamente cuando hay más de un cargo por elegir, es falso que una “Papeleta” sea lo mismo que un “Voto”.


5. Falacias tras la expresión “una papeleta es un voto”.

Si “Voto” y “Papeleta” son términos conceptualmente distintos en el sistema de votación usado en Coofundadores, ¿por qué la expresión “una papeleta es un voto” tiene tanta aceptación allí, en una asamblea de la Cooperativa? Creo que por dos razones:

i) en primer lugar porque es una equivalencia aparentemente válida por ser válida en un sistema tan popular como lo es el de votación por planchas y cuociente electoral usado en las votaciones para corporaciones públicas en Colombia: en este sistema, depositar una papeleta es equivalente a depositar un voto. En otras palabras, el argumento generalmente aceptado en Fundadores, y expresado por varias de sus figuras más prestantes: “en Coofundadores una papeleta equivale a un voto” es una falacia lógica, un enunciado falso (como se probó en el numeral 4) pero aparentemente verdadero (aquí su apariencia de verdadero proviene de que es realmente un enunciado verdadero en otro contexto, aunque no en el de Coofundadores).

ii) y en segundo lugar porque a partir de esa equivalencia falsa (entre papeleta y voto) se puede deducir (con conclusión inválida por partir de una premisa falsa) que no se está violando la ley, lo cual “tranquiliza”. En efecto, de la equivalencia entre papeleta y voto se deduce que “cuando un asociado deposita en una urna una papeleta, está depositando un voto y solo uno, como lo ordenan el artículo 66 del Estatuto y el artículo 33 de la Ley 79 de 1988”: obviamente otra falacia o argumento falso pero que a más de uno le puede parecer verdadero, y más aún, “tranquilizador”.


6. Más votos que votantes: una práctica en Fundadores que se remonta al siglo pasado.


En el acta más antigua de las que se encuentran en el portal de la Cámara de Comercio de Cali, la # 24 de
1997, se lee que hubo 219 asociados hábiles convocados (página 3), pero en la votación para elegir tres cargos del Consejo de administración hubo 338 votos (numeral 10, página 19). Esto muestra que el problema de las votaciones con más votos que votantes no es solo de las asambleas de 2024 y 2023: es algo que viene incluso desde el siglo pasado.


7. ¿Por qué nunca antes se detectó esa práctica ilegal?

Teniendo en cuenta lo dicho en el párrafo anterior resulta pertinente preguntar: ¿por qué razón durante tantos años no se había identificado esta violación de la ley 79 de 1988 y de los distintos estatutos que ha habido en la Cooperativa?

Aunque no es claro por qué durante tantos años no se identificó este problema, hay un factor que parece haber favorecido su no identificación: que en las asambleas, y en sus actas, no se sabe si consciente o inconscientemente, nunca se habla del total de votos y del total de votantes cuando estos totales son diferentes, aunque parece claro que de haberse presentado simultáneamente este par de cifras, fácilmente se hubiera podido evidenciar ese problema.


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