El derecho de habitación y su talón de Aquiles

En su documento «Adenda al estudio sobre el valor de los aportes en cooperativas de vivienda…», la comisión que solicitó la próxima asamblea extraordinaria hace tres propuestas para enfrentar el problema que se discute: 1. Seguimos como estamos. 2. Actualizamos el valor de los aportes. o 3. Nos volvemos Propiedad horizontal.

Querer seguir como estamos equivale a identificar bondades en el «derecho de habitación» en cuanto elemento que define a una cooperativa de vivienda «de propiedad cooperativa». Pero como en mí ha surgido cierto malestar con ese concepto de «derecho de habitación» y se ha ido acrecentando en la medida en que he ido identificando debilidades que a mi modo de ver me ponen en riesgo y también ponen en riesgo a todos los asociados de Coofundadores, he sentido la necesidad de expresar públicamente a través de este escrito algunas de las causas de ese malestar.

El derecho de habitación nos ha mostrado ya la inseguridad jurídica que es capaz de generar.